Factura electrónica
Información general para proveedores respecto a la factura electrónica
Desde la entrada en vigor el 15 de enero de 2015 de La ley 25/2013 de impulso de la factura electrónica se produjo una modificación esencial en la regulación de la facturación por los servicios y suministros prestados a las administraciones públicas.
El objetivo de la implantación de la factura electrónica es hacer efectivas las múltiples ventajas que se derivan de las mismas en relación con los sistemas de facturación en el soporte tradicional. Entre éstas pueden destacarse la reducción de tiempos y costes de envío, la posibilidad de generación automática de las facturas, la reducción de plazos en la tramitación tanto en la empresa como en la administración.
La propia ley determina que a partir del día 15 de enero de 2015 los proveedores de las administraciones públicas deberán facturar obligatoriamente en formato electrónico, salvo que se trate de personas físicas (artículo 4), sin perjuicio de que cada entidad local pudiera exonerar a aquellos proveedores que aún estando obligados a su presentación electrónica emitan facturas de escasa cuantía.
Primer paso: identificar a la entidad destinataria de la factura
La factura electrónica debe identificar a la entidad a la que se factura además con la información de su CIF con TRES CODIGOS DE LOS CENTROS ADMINISTRATIVOS que han realizado el encargo y/o deben gestionar el pago.
Los códigos corresponden a la OFICINA CONTABLE (Rol Fiscal) , ORGANO GESTOR (Rol Receptor) y UNIDAD TRAMITADORA (Rol Pagador).
Esos códigos pueden obtenerlos en cada entidad local o consultarlos en el directorio de administraciones.
Le recomendamos que haga uso de este tutorial explicativo.
Segundo paso: generar la factura electrónica en formato FACTURAE
Si su aplicación informática de contabilidad tiene la opción de generar la factura electrónica directamente SIGA LAS INSTRUCCIONES DEL MISMO.
Si su aplicación informática de contabilidad NO tiene la opción de generar la factura electrónica PUEDE DESCARGARSE GRATUITAMENTE la aplicación del Ministerio de Industria, FACTURAE, o bien generar la factura en https://mifacturae.face.gob.es.
Descargue la versión 1.6 del entorno de Java (jre) de 32 bits
Puede descargar el manual de la aplicación FACTURAE versión 4.3 (en formato pdf)
Para poder emitir facturas deberá tener instalado en su ordenador un certificado de firma electrónica bien a nombre de la empresa o de cualquier empleado de la misma o gestor.
Le recomendamos que haga uso de estos tutoriales explicativos:
Además puede encontrar información en el portal de factura electrónica y resolver sus dudas en los teléfonos especiales habilitados por la entidad pública Red.es para PYMES (902 879 871 y 954 304 117
Tercer paso: presentar la factura electrónica en FACE
Si su aplicación informática de contabilidad tiene la opción de presentar la factura electrónica directamente siga las instrucciones del mismo, (tenga en cuenta que previamente deberá de haberse dado de alta como proveedor en el portal de FACe.
Si su aplicación informática de contabilidad NO tiene la opción de generar la factura electrónica puede presentar las facturas generadas en Facturae accediendo, con un navegador distinto de Google Crome a https://face.gob.es/
Para poder presentar facturas ya no es necesario tener instalado en su ordenador un certificado de firma electrónica bien a nombre de la empresa o de cualquier empleado de la misma o gestor.
Se puede acceder a la plataforma a través de Cl@ve. Este sistema le permite acceder a páginas de la administración Pública mediante diversos procedimientos, teniendo que registrarse anteriormente para poder acceder, salvo si elige el certificado electrónico. Se puede hacer en el momento de remitir la factura.
Le recomendamos que haga uso de estos tutoriales explicativos:
Puede consultar la lista de preguntas frecuentes.
Para presentar facturas, acceda al siguiente enlace: https://face.gob.es/
Con carácter general los códigos que deben contener las facturas electrónicas que se remitan a la Diputación Provincial de Albacete serán:
Entidad | Código | Rol |
---|---|---|
Oficina Contable | LA0000500 CONTABILIDAD | Fiscal |
Organo Gestor | LA0000500 DIPUTACION DE ALBACETE | Receptor |
Unidad Tramitadora | GE0000211 CONTABILIDAD | Pagador |
Resto de unidades tramitadoras:
Unidad tramitadora | Rol |
---|---|
GE0000192 PRESIDENCIA | Pagador |
GE0000209 CARRETERAS | |
GE0000232 ASUNTOS GENERALES | Pagador |
GE0000212 CONTRATACION | Pagador |
GE0000207 ARCHIVO | Pagador |
GE0000235 UNIDAD JURÍDICA | Pagador |
GE0000228 RRHH GENERAL | Pagador |
GE0000224 RRHH PERSONAL | Pagador |
GE0000190 INFORMÁTICA | Pagador |
GE0000220 MEDIO AMBIENTE | Pagador |
GE0000206 A.T.M. | Pagador |
GE0000230 SECRETARÍA | Pagador |
GE0000191 INTERVENCIÓN | Pagador |
GE0000213 CULTURA | Pagador |
GE0000210 CONSERVATORIO | Pagador |
GE0000215 HIDROGEOLOGÍA | Pagador |
GE0000225 REGISTRO | Pagador |
GE0000231 SERVICIOS SOCIALES | Pagador |
GE0000223 PUBLICACIONES | Pagador |
GE0000208 ARQUITECTURA | Pagador |
GE0000226 SEPEI | Pagador |
GE0000221 PARQUE MÓVIL | Pagador |
GE0000229 RES. SAN VICENTE | Pagador |
GE0000233 U.M.E. | Pagador |
GE0000227 S.I.R. | Pagador |
GE0000219 MANTENIMIENTO | Pagador |
GE0002102 JUVENTUD | Pagador |
GE0002103 EDUCACIÓN | Pagador |
GE0000214 DEPORTES | Pagador |
GE0000218 INVERSIONES | Pagador |
GE0010694 PROG. EMPLEO FEMENINO | Pagador |
GE0010696 IGUALDAD | Pagador |
GE0000234 Unidad Promoción y Desarrollo | Pagador |
GE0011549 Tesorería | Pagador |
GE0011615 Turismo | Pagador |
GE0012340 Colegio Arbitral de Consumo y Transporte | Pagador |
También puede comunicarse con la Diputación para resolver sus dudas mediante correo electrónico.