Circular de José Serna cuando fue nombrado diputado provincial tras la Revolución de Julio de 1854

El lunes 11 de diciembre de 1854, José de la Serna publicó la siguiente circular: » Repuesto en mi destino de Diputado provincial, por el partido de esta Capital, a virtud de Real Orden de 28 de noviembre último, que ha reproducido la del 6 de febrero de 1843, eludida por causas sensibles, más fáciles de sentir que de expresar, y puesto nuevamente en la Comisión de Despacho, con arreglo a la Real Instrucción de 3 de febrero de 1823, recientemente restablecida; no puedo menos de manifestar a mis representados, y a los demás habitantes de esta agoviada provincia, que continuaré en el desempeño de mi cargo con celo, actividad y pureza que lo verifiqué en aquella época, sin omitir acto, diligencia ni sacrificio, de cuantos pueda contribuir a el alivio de vuestros males, a el remedio, o atenuación al menos, de vuestras cargas, y a facilitaros vuestro bien estar, y vuestra prosperidad y fomento.

Ya afortunadamente, y habiendo encontrado en mis dignos compañeros, y en la Secretaría de la Diputación, la más celosa cooperación y auxilios, hemos dado principio a la reparación y restauración social, sobre diferentes ramos de la administración pública, para la redención y alivio de vuestras cargas, elevando nuestros acentos y súplicas, en vuestro beneficio, a las Cortes de la Nación, su Gobierno y otras Autoridades, y no dudamos poner justicia, y algún consolador alivio, ya que no sea posible su total remedio.

Continuaremos esta obra, sin omitir medio para su coronación y logro, que nos prometemos de la alta sabiduría del Congreso Nacional, y de su ilustrado y celoso Gobierno Supremo; pudiendo ofreceros, y casi aseguraros, que vuestras lágrimas serán enjugadas, que vuestros ayes y acentos lastimeros y justos, no serán desoídos, y que en vuestra Diputación Provincial, y en su Comisión del Despacho, encontrareis el amparo y protección tutelar, que exigen vuestras necesidades y justicia, con el mismo desvelo y afán, que hallan los hijos en la Autoridad paternal.

Si la Diputación, y su Comisión lo saben, se apresurará a remediarlos, sin esperar vuestras quejas: Más por si no llegan a su noticia, apresuraos a exponerlas, seguros de que serán acogidas, y que padecerán más que vosotros, cuando no puedan remediarlas, rogándoos, que no deis lugar a apremios, ni castigos, que os desacreditarán, y llenarán de luto y pena vuestros corazones.

Confianza, y obediencia a las leyes de S.M, y a las Autoridades constituidas, en vuestro beneficio, y para vuestro bien y prosperidad, es lo único que en cambio os ruega, y espera vuestra Diputación, y el Comisionado del Despacho, que tiene el honor de dirigiros su voz paternal y protectora. Albacete 9 de diciembre de 1854. El Comisionado de Despacho, José de la Serna. Manuel Izquierdo López, Secretario».